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ValidAR

Contrato de Licencia de Usuario Final (CLUF) — ValidAR

Versión 2026 · En vigor desde el 1 de julio de 2026 Publicado en: https://validar.kabunik.com/cluf

KABUNIK, S.L. — NIF B88736350 Domicilio social: Calle Cuenca, núm. 13, 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), España Contacto: legal@kabunik.com · soporte@kabunik.com


SOFTWARE ValidAR

CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL (CLUF) · EULA 2026 · 1 de julio de 2026

KABUNIK, S.L. · NIF B88736350 · Confidencial

1. DISPOSICIONES INTRODUCTORIAS

1.1. El presente Contrato de Licencia de Usuario Final (en adelante, el «CLUF» o el «Contrato») regula las condiciones bajo las cuales KABUNIK, S.L. (el «Licenciante») está dispuesta a licenciar el software ValidAR (tal y como se define más adelante) al usuario final, con independencia de que el Software se proporcione directamente por el Licenciante o a través de un Distribuidor Autorizado.

1.2. Las presentes condiciones podrán ser complementadas o modificadas por (i) la Oferta y/o (ii) su Acuerdo de Entrega, si lo hubiere. En caso de conflicto, prevalecerán el Acuerdo de Entrega y la Oferta sobre el presente documento. Cualquier referencia al CLUF comprende asimismo la Oferta y el Acuerdo de Entrega aplicables.

1.3. El presente CLUF es jurídicamente vinculante para Usted con independencia del método de entrega o recepción del Software, y con independencia de si el Software ha sido puesto a su disposición por el Licenciante directamente o a través de un Distribuidor Autorizado.

1.4. AL INSTALAR, ACCEDER O UTILIZAR EL SOFTWARE, USTED ACEPTA QUEDAR VINCULADO POR EL PRESENTE CLUF. SI NO ESTÁ DE ACUERDO, PODRÁ DEVOLVER EL SOFTWARE Y OBTENER EL REEMBOLSO ÍNTEGRO DEL PRECIO ABONADO, SIEMPRE QUE NO HAYA INSTALADO NI UTILIZADO EL SOFTWARE Y LO DEVUELVA EN UN PLAZO DE 14 DÍAS DESDE SU ADQUISICIÓN.

2. ACEPTACIÓN DEL CLUF

2.1. El presente CLUF se acepta mediante: (i) la aceptación de la Oferta, (ii) la celebración de un Acuerdo de Entrega, o (iii) el clic en el botón «ACEPTO» durante la instalación. Al aceptar, Usted:

(a) acepta incondicionalmente las condiciones del presente CLUF;

(b) reconoce haber leído y comprendido el presente CLUF; y

(c) confirma que su instalación y uso del Software son legales y están permitidos en virtud del presente CLUF.

2.2. No podrá instalar ni utilizar el Software sin haber aceptado previamente el presente CLUF.

3. DEFINICIONES

Salvo que se indique otra cosa, las siguientes definiciones son aplicables en todo el CLUF:

«Licenciante» KABUNIK, S.L., sociedad de responsabilidad limitada constituida con arreglo al Derecho español, con domicilio social en Calle Cuenca, núm. 13, 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), España y NIF B88736350.

«ValidAR» designa el/los producto(s) de software de realidad aumentada del Licenciante especificados en la Oferta o el Acuerdo de Entrega aplicable, incluyendo todas las Versiones Menores y Versiones Principales proporcionadas en virtud del presente CLUF.

«Acuerdo de Entrega» designa el acuerdo de suministro del Software celebrado entre Usted y el Licenciante o entre Usted y un Distribuidor Autorizado.

«Acuerdo de Tratamiento de Datos (ATD)» designa el acuerdo que regula el tratamiento de Datos Personales por parte del Licenciante en nombre del Cliente, de conformidad con el artículo 28 del RGPD, disponible en https://validar.kabunik.com/dpa.

«Afiliada» designa, respecto de cualquier Parte, cualquier entidad que directa o indirectamente controle, sea controlada por, o esté bajo control común con dicha Parte, entendiéndose por «control» la titularidad de más del 40% de los derechos de voto o participación equivalente.

«Datos Anonimizados» designa cualquier dato recopilado en relación con el Software (incluyendo Datos del Cliente) que haya sido agregado y/o disociado de forma que ni Usted, ni sus Usuarios Autorizados, ni ninguna otra persona puedan ser identificados a partir del mismo cuando se comparte fuera del Licenciante.

«Datos del Cliente» designa cualquier información, documento, material u otro dato de cualquier tipo que Usted o sus Usuarios Autorizados introduzcan en el Software, incluyendo datos enviados manualmente o a través de integraciones con terceros, o que Usted proporcione al Licenciante en relación con el Soporte.

«Datos Personales» tiene el significado que le atribuye la Legislación de Protección de Datos aplicable al tratamiento en cuestión, incluyendo cualquier dato de carácter personal relativo a Usted, a sus Usuarios Autorizados u otras personas físicas tratados por el Licenciante en relación con el presente CLUF y su uso del Software.

«Datos Prohibidos» designa: (a) categorías especiales de datos en virtud del artículo 9.1 del RGPD; (b) información sanitaria protegida en virtud de la HIPAA; (c) datos de tarjetas de pago sujetos a PCI DSS; (d) números de identificación oficial; y (e) datos similares protegidos por la legislación aplicable.

«Dispositivo» designa cualquier dispositivo compatible (incluyendo visores de RA o tabletas) en el que el Software pueda instalarse y operarse, según se especifique en la Documentación. El Licenciante no garantiza la compatibilidad continuada con ningún Dispositivo.

«Distribuidor Autorizado» designa cualquier Afiliada del Licenciante o cualquier revendedor autorizado designado por escrito por el Licenciante.

«Documentación» designa las guías de uso y la documentación técnica estándar del Software vigentes en cada momento, conforme el Licenciante las modifique periódicamente.

«Información Confidencial» designa el Software, la Documentación y cualquier información o material, en cualquier formato, relativo a la actividad, el personal o el negocio del Licenciante o de Usted que esté marcado como confidencial o que razonablemente deba entenderse como tal por su naturaleza. Las condiciones del presente CLUF son Información Confidencial del Licenciante.

«Legislación de Protección de Datos» designa: (i) el Reglamento (UE) 2016/679 (el «RGPD») y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales («LOPDGDD»); (ii) cualquier normativa nacional de desarrollo; (iii) cualquier norma que suceda al RGPD o al UK GDPR; y (iv) cualquier otra ley de protección de datos aplicable en cualquier jurisdicción, incluidas las leyes estatales de privacidad de EE. UU.

«Licencia» designa el derecho no exclusivo, intransferible y no sublicenciable otorgado a Usted en virtud del presente CLUF para instalar, copiar y utilizar el Software durante el Período de Utilización, exclusivamente para sus fines empresariales internos.

«Oferta» designa el presupuesto para la Licencia y/o el Soporte presentado a Usted por el Licenciante o un Distribuidor Autorizado y aceptado por Usted.

«Período de Suscripción» designa el período de vigencia de una Licencia por suscripción, que se renueva automáticamente por períodos sucesivos consecutivos salvo que cualquiera de las Partes notifique su terminación con arreglo a la Sección 7.1 del presente CLUF.

«Período de Utilización» designa el período durante el cual Usted está autorizado a utilizar o acceder al Software en virtud de un Pedido, tal y como se defina en el mismo.

«RGPD» designa el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos de carácter personal y a la libre circulación de estos datos.

«Soporte» designa los servicios de soporte y mantenimiento del Software prestados por el Licenciante durante el período aplicable, según se especifique en el Pedido y/o en los Términos Complementarios aplicables.

«Usuario Autorizado» designa cualquier empleado o contratista suyo al que Usted permita utilizar el Software exclusivamente en su beneficio interno, y/o cualquier otra persona expresamente autorizada en el Pedido aplicable. Las credenciales de usuario son personales e intransferibles.

«Versión Mayor» designa una versión principal del Software que el Licenciante pone generalmente a disposición comercial y a la que asigna un nuevo número de versión.

«Versión Menor» designa una actualización del Software que incorpora correcciones de errores o mejoras de rendimiento, pero que no constituye una Versión Mayor.

4. ENTREGA

4.1. Usted adquiere su Licencia mediante la celebración del presente CLUF, la Oferta aplicable y/o un Acuerdo de Entrega con el Licenciante o un Distribuidor Autorizado.

4.2. El Software se entregará o pondrá a su disposición de conformidad con su Acuerdo de Entrega o según lo indique el Licenciante o el Distribuidor Autorizado. Si su Licencia es una Licencia de Prueba, el Software se pondrá a su disposición tras la aceptación del presente CLUF.

4.3. El acceso de los usuarios al Software se activará mediante credenciales de acceso entregadas por el Licenciante por correo electrónico. Al aceptar el presente CLUF, Usted consiente recibir dichas credenciales por correo electrónico y es responsable de mantener actualizada su dirección de contacto ante el Licenciante.

4.4. El Software solo podrá ejecutarse en hardware que cumpla los parámetros técnicos descritos en la Documentación.

5. CONCESIÓN DE LICENCIA Y MODALIDADES

5A. Licencia Comercial

Titular de la Licencia Personas físicas o jurídicas y organizaciones.
Uso Permitido Fines comerciales internos exclusivamente. No se permite su uso en beneficio de terceros ni para prestarles productos o servicios.
Usuarios Autorizados Usted y/o sus empleados y personal contratado. Las credenciales son personales y no pueden compartirse.
Ámbito Territorial País de su dirección de facturación (modalidad estándar), o ámbito mundial si así se especifica expresamente en el Pedido aplicable.
Período de Utilización Según se especifique en el Pedido (suscripción anual o según se acuerde).
Dispositivos Según se especifique en el Pedido aplicable. Modelo por dispositivo con acceso ilimitado al portal, salvo que se indique otra cosa.
Soporte / Mantenimiento Incluido en las Licencias por suscripción.

5B. Licencia Educativa

Titular de la Licencia Estudiantes, profesores y académicos.
Uso Permitido Autoformación e investigación académica exclusivamente. No se permite ningún uso comercial.
Ámbito Territorial País de residencia del titular.
Período de Utilización Período de Suscripción (no perpetua).
Dispositivos Un (1) dispositivo.
Soporte / Mantenimiento Incluido.

5C. Licencia de Prueba

Uso Permitido Evaluación técnica o comercial interna exclusivamente. No se permite el uso comercial de los resultados obtenidos.
Titular de la Licencia Sin restricción.
Duración Treinta (30) días naturales, salvo que se indique otra cosa.
Dispositivos Los que el Licenciante ponga a disposición para la evaluación.
Garantía Ninguna. El acceso de prueba se proporciona en el estado en que se encuentra («AS IS»). La responsabilidad total del Licenciante durante la prueba no superará los 50 €.
Retención de datos El Licenciante no tiene obligación de conservar los Datos del Cliente introducidos durante una prueba una vez que esta finalice.

6. RESTRICCIONES DE USO

Usted no podrá (ni permitir, incitar o asistir a terceros a):

(a) facilitar el acceso al Software, distribuirlo, venderlo o sublicenciarlo a terceros;

(b) utilizar el Software en nombre de terceros ni para prestarles productos o servicios;

(c) utilizar el Software para desarrollar un producto o servicio que compita con ValidAR;

(d) realizar ingeniería inversa, decompilar, desensamblar o tratar de acceder al código fuente o a las API no públicas del Software, salvo en la medida expresamente permitida por la ley aplicable (y únicamente previa notificación escrita al Licenciante);

(e) modificar, adaptar, traducir, combinar, fusionar o crear obras derivadas del Software, ni copiar ninguno de sus elementos (salvo copias de seguridad autorizadas);

(f) eliminar, suprimir, alterar u ocultar cualquier indicación de propiedad intelectual en el Software o en sus resultados;

(g) publicar información sobre el rendimiento del Software o comparativas del mismo, salvo lo expresamente permitido por la ley aplicable;

(h) interferir en el funcionamiento del Software o en su uso por parte de terceros, eludir restricciones de acceso o realizar pruebas de seguridad o vulnerabilidad sin la autorización previa y por escrito del Licenciante;

(i) transmitir virus, malware u otros materiales dañinos al Software o a través del mismo;

(j) introducir Datos Prohibidos en el Software ni utilizarlo para Actividades de Alto Riesgo;

(k) utilizar el Software contraviniendo cualquier ley, reglamento o derecho de terceros aplicable; o

(l) compartir credenciales de Usuario Autorizado entre varias personas; cada credencial debe estar asignada a una persona nominalmente identificada.

6.2. Usted deberá establecer las medidas contractuales, organizativas y técnicas adecuadas para garantizar que sus Usuarios Autorizados cumplan estas restricciones, incluyendo la supervisión del uso del Software, la protección de las credenciales de acceso y la concesión de acceso únicamente en la medida necesaria.

6.3. El Software se licencia a Usted; no se vende. Usted no adquiere ningún derecho de propiedad sobre el Software. El Licenciante conserva todos los derechos, títulos e intereses sobre el Software y todos los derechos de propiedad intelectual relacionados.

7. PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN AUTOMÁTICA

7.1. Salvo que se indique otra cosa en el Pedido, el Período de Utilización inicial es de 12 meses a partir de la fecha de inicio de utilización. Cada Período de Utilización se renovará automáticamente por períodos sucesivos de 12 meses, salvo que cualquiera de las Partes notifique a la otra su intención de no renovar con al menos 30 días de antelación al vencimiento del período en curso.

7.2. Las tarifas para los Períodos de Utilización de renovación se aplicarán a las tarifas vigentes del Licenciante en ese momento, con independencia de cualquier descuento pactado en un Pedido anterior.

8. SOPORTE Y MANTENIMIENTO

8.1. Durante el Período de Utilización, el Licenciante prestará el Soporte especificado en el Pedido aplicable. El Soporte incluye el acceso a Versiones Menores, servicios de asistencia técnica y la Base de Conocimiento de ValidAR.

8.2. Las Versiones Mayores podrán estar sujetas a condiciones o tarifas adicionales, según se especifique en el Pedido. El Licenciante empleará esfuerzos razonables para mantener la compatibilidad del enlace BIM con las nuevas versiones de programas CAD/CAM de terceros en un plazo de dos (2) meses desde su publicación.

8.3. El Licenciante no será responsable de la pérdida de funcionalidad del enlace BIM causada por actos u omisiones de los propietarios, desarrolladores o distribuidores de software CAD/CAM de terceros.

8.4. Si Usted no mantiene el Soporte activo en el momento en que se publique una nueva Versión Mayor, puede que necesite adquirir una actualización del Software antes de que el Soporte pueda reactivarse.

9. TARIFAS, PAGO Y AJUSTE POR INFLACIÓN

9.1. Las tarifas de la Licencia son las descritas en el Pedido aplicable y se facturan según el calendario fijado en el mismo. Salvo que el Pedido disponga otra cosa, el pago vence en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura.

9.2. Las tarifas de renovación se aplicarán a las tarifas vigentes del Licenciante en ese momento. Cualquier importe impagado una vez vencido devengará intereses al tipo menor entre el 1,5% mensual o el máximo permitido por la ley aplicable, calculados desde la fecha de vencimiento hasta la recepción del pago. Usted asumirá todos los costes de cobro, incluidos los honorarios de abogados.

9.3. Las cuotas de suscripción están sujetas a un ajuste de precio anual del 4,72%, aplicable a partir del 1 de julio de cada año natural, con inicio el 1 de julio de 2027. Este porcentaje se ha calculado como la media simple del Índice de Precios de Consumo Armonizado de la Unión Europea (IPCA/HICP) publicado por Eurostat para el período 2021-2025, que registró las siguientes tasas anuales: 2,9% (2021), 9,2% (2022), 6,4% (2023), 2,6% (2024) y 2,5% (2025), con una media quinquenal del 4,72%, aplicada como media quinquenal del 4,72%. El ajuste se aplicará a las cuotas de suscripción vencidas y exigibles tras cada 1 de julio. El Licenciante notificará a Usted el ajuste con al menos 30 días de antelación a su entrada en vigor. Si en algún año futuro la tasa anual del IPCA/HICP de la UE publicada por Eurostat fuera cero o negativa, no se aplicará ningún ajuste al alza para ese año.

9.4. Usted abonará todos los impuestos, gravámenes, derechos (incluyendo el IVA español y el IVA de la UE aplicable) y cargas similares. Las tarifas indicadas en el Pedido no incluyen impuestos, salvo que se indique expresamente lo contrario.

9.5. Sin perjuicio de la ley aplicable y de lo dispuesto en la Sección 10 (Garantía de Adopción) o en la Sección 17.2 (Remedio de Garantía), todas las tarifas son no reembolsables una vez abonadas.

10. GARANTÍA DE ADOPCIÓN DE 90 DÍAS

10.1. Una vez transcurridos los primeros 90 días del Período de Utilización, podrá solicitarse el reembolso de la parte proporcional no utilizada de la tarifa anual de Licencia (proporcional a los meses restantes), siempre que se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:

(a) Todas las facturas y saldos pendientes han sido abonados en su totalidad.

(b) El Cliente ha completado el programa de incorporación completo descrito en el Pedido aplicable o en el calendario de incorporación.

(c) Al menos un Usuario Autorizado ha obtenido la Certificación ValidAR según la defina y notifique el Licenciante periódicamente.

10.2. Esta garantía no es aplicable a Licencias de Prueba, Licencias Educativas ni a adquisiciones realizadas a través de tiendas de aplicaciones de terceros.

11. PLATAFORMAS Y MATERIALES DE TERCEROS

11.1. El Software puede proporcionar acceso a plataformas, programas o contenidos de terceros, o interoperar con los mismos («Materiales de Terceros»). Los Materiales de Terceros no forman parte del Software y el Licenciante no los garantiza.

11.2. Su uso de los Materiales de Terceros está sujeto a los términos del tercero correspondiente. El Licenciante no asume responsabilidad alguna por los Materiales de Terceros, incluyendo su seguridad, disponibilidad, funcionalidad o interoperabilidad.

11.3. Si Usted habilita una plataforma de terceros con el Software, el Licenciante podrá acceder a los Datos del Cliente e intercambiarlos con dicha plataforma en su nombre. Usted es responsable de revisar y aceptar los términos aplicables del tercero.

11.4. El Software puede incorporar componentes de software de código abierto. El Licenciante los identificará, a petición escrita, e informará de los mismos. En caso de conflicto entre los términos de la licencia de código abierto y el presente CLUF, los términos de la licencia de código abierto se aplicarán exclusivamente a dichos componentes.

11.5. Si el Software se obtuvo a través de una tienda de aplicaciones de terceros (p. ej., App Store de Apple, Microsoft Store), ese proveedor de la tienda actúa como Revendedor en el marco del presente CLUF. Las compras dentro de la aplicación se rigen por los propios términos del proveedor de la tienda. Cualquier incidencia de facturación relativa a compras dentro de la aplicación deberá dirigirse al proveedor de la tienda.

12. CUMPLIMIENTO Y AUDITORÍA

12.1. El Licenciante y sus Distribuidores Autorizados podrán llevar a cabo o encargar a un auditor externo la verificación del cumplimiento del presente CLUF. El Licenciante notificará con al menos cinco (5) días hábiles de antelación, salvo en el caso de auditorías electrónicas realizadas a través de la funcionalidad de supervisión de cumplimiento integrada en el Software.

12.2. Usted concede al Licenciante y a sus auditores designados acceso razonable a instalaciones, sistemas y registros necesarios para determinar el cumplimiento.

12.3. El Software transmite automáticamente al Licenciante datos sobre su instalación y uso a efectos de cumplimiento de la licencia y activación. Usted no podrá deshabilitar, modificar ni interferir en esta funcionalidad. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la cláusula I.4 del Anexo I: la telemetría de diagnóstico es desactivable por el administrador designado por Usted, y no lo es la transmisión mínima imprescindible para el cumplimiento de la licencia y la activación a que se refiere la presente cláusula.

12.4. Si una auditoría revela incumplimiento, Usted deberá subsanarlo de inmediato (incluyendo la adquisición de licencias adicionales) y reembolsar al Licenciante los costes razonables de la auditoría. El resto de derechos y recursos del Licenciante permanecerán inalterados.

12.5. Usted notificará al Licenciante sin demora si tuviera conocimiento de cualquier incumplimiento del presente CLUF, uso no autorizado del Software o violación de los derechos de propiedad intelectual del Licenciante.

13. SUSPENSIÓN DEL ACCESO

13.1. El Licenciante podrá suspender su acceso al Software, sin incurrir en responsabilidad, si: (a) Usted incumple la Sección 6 (Restricciones); (b) su cuenta acumula 30 o más días de impago; o (c) sus acciones suponen un riesgo para otros clientes o para la seguridad, disponibilidad o integridad del Software.

13.2. En la medida de lo posible, el Licenciante le notificará previamente la suspensión. El acceso se restablecerá con prontitud una vez resuelta la incidencia.

14. DATOS PERSONALES Y CUMPLIMIENTO DEL RGPD

14A. Roles de Responsable y Encargado del Tratamiento

14A.1. El Licenciante actúa como responsable del tratamiento respecto de los Datos Personales tratados para sus propios fines (p. ej., registro de cuentas, gestión de licencias, facturación y comunicaciones del servicio). Cuando trate Datos Personales siguiendo sus instrucciones a través del Software, el Licenciante actúa como encargado del tratamiento en su nombre.

14A.2. Usted actúa como responsable del tratamiento respecto de los Datos Personales que Usted o sus Usuarios Autorizados introduzcan en el Software como Datos del Cliente. Usted es responsable de garantizar que dispone de una base jurídica para dicho tratamiento conforme a la Legislación de Protección de Datos aplicable y de realizar todas las comunicaciones preceptivas a los interesados.

14B. Política de Privacidad

14B.1. La política de privacidad del Licenciante, que describe cómo trata los Datos Personales en su calidad de responsable del tratamiento, está publicada en https://validar.kabunik.com/privacidad y se incorpora al presente CLUF por referencia. El Licenciante le notificará cualquier modificación sustancial de su política de privacidad con una antelación razonable.

14B.2. Cuando su consentimiento para el tratamiento de Datos Personales sea requerido por la Legislación de Protección de Datos, se le solicitará dicho consentimiento de forma separada. La aceptación del presente CLUF no constituye consentimiento para el tratamiento de Datos Personales.

14C. Acuerdo de Tratamiento de Datos (ATD)

14C.1. En la medida en que el Licenciante trate Datos Personales en su nombre (en calidad de encargado del tratamiento) y dicho tratamiento esté sujeto al RGPD, la LOPDGDD o el UK GDPR, el Licenciante y Usted celebrarán un Acuerdo de Tratamiento de Datos («ATD») que cumpla los requisitos del artículo 28 del RGPD y del Real Decreto 1720/2007 (en lo que resulte aplicable). El ATD está disponible en https://validar.kabunik.com/dpa o mediante solicitud escrita a legal@kabunik.com y deberá suscribirse antes de que se realice cualquier tratamiento de Datos Personales a través del Software.

14C.2. El ATD incluirá, entre otros aspectos: (a) el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento; (b) el tipo de Datos Personales y las categorías de interesados; (c) las obligaciones y derechos del responsable; (d) las obligaciones del Licenciante en materia de confidencialidad y seguridad; (e) las obligaciones del Licenciante respecto de los subencargados; y (f) las obligaciones del Licenciante de asistirle en el ejercicio de los derechos de los interesados y en la notificación de brechas de seguridad.

14C.3. Cualquier transferencia de Datos Personales desde el Espacio Económico Europeo (EEE) o el Reino Unido a entidades del Licenciante o subencargados ubicados en terceros países se regirá por las salvaguardas de transferencia adecuadas exigidas por el Capítulo V del RGPD, incluyendo las Cláusulas Contractuales Tipo (CCT) adoptadas por la Comisión Europea o la Oficina del Comisionado de Información del Reino Unido, según corresponda. Las CCT aplicables se incorporan al ATD.

14D. Subencargados del Tratamiento

14D.1. El Licenciante podrá contratar subencargados para la prestación del Software y el Soporte. El Licenciante deberá: (a) imponer a los subencargados obligaciones de protección de datos equivalentes a las del ATD; y (b) responder plenamente de los actos y omisiones de los subencargados como si los hubiera llevado a cabo el propio Licenciante.

14D.2. El Licenciante mantendrá y pondrá a su disposición una lista actualizada de subencargados. El Licenciante le notificará con al menos 30 días de antelación cualquier incorporación o sustitución prevista de un subencargado. Usted podrá oponerse por razones justificadas de protección de datos; si las Partes no resuelven la objeción en un plazo de 30 días, Usted podrá dar por terminado el servicio afectado mediante notificación escrita y sin penalización.

14E. Derechos de los Interesados

14E.1. Cuando el Licenciante reciba una solicitud de un interesado relativa a Datos Personales tratados en su nombre (p. ej., acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición en virtud de los artículos 15 a 22 del RGPD), el Licenciante se lo notificará sin demora y le asistirá en la respuesta mediante las medidas técnicas y organizativas adecuadas, atendiendo a la naturaleza del tratamiento.

14E.2. Usted es responsable de dar respuesta a las solicitudes de ejercicio de derechos relativas a los Datos del Cliente. El Licenciante no responderá a dichas solicitudes de forma autónoma sin su autorización, salvo que así lo exija la ley aplicable o la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

14F. Medidas de Seguridad

14F.1. El Licenciante implantará y mantendrá las medidas técnicas y organizativas de seguridad adecuadas para proteger los Datos Personales frente a su destrucción, pérdida, alteración, divulgación o acceso accidentales o ilícitos (conforme al artículo 32 del RGPD y la LOPDGDD), teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento.

14F.2. En caso de brecha de seguridad de los Datos Personales, el Licenciante se lo notificará sin dilación indebida y, en la medida de lo posible, en un plazo de 72 horas desde que tenga conocimiento de la misma (conforme al artículo 33 del RGPD), facilitando información suficiente para que Usted pueda cumplir sus propias obligaciones de notificación ante la AEPD y los interesados afectados.

14G. Conservación y Supresión de Datos

14G.1. Tras la expiración o terminación del presente CLUF o del Período de Utilización aplicable, el Licenciante, a petición escrita suya y en un plazo razonable que no excederá de 30 días, suprimirá o le devolverá todos los Datos del Cliente tratados en su nombre y eliminará las copias existentes, salvo que la ley española o de la UE aplicable le obligue a conservarlos. El Licenciante certificará por escrito dicha supresión a petición suya.

14G.2. Los Datos Anonimizados podrán conservarse por el Licenciante de forma indefinida y utilizarse para la mejora del Software y de los servicios del Licenciante. El Licenciante es propietario de todos los Datos Anonimizados. Los Datos Anonimizados no constituyen Datos Personales y quedan fuera del ámbito de aplicación de la Legislación de Protección de Datos.

14H. Obligaciones del Cliente en materia de Datos

14H.1. Usted cumplirá la Legislación de Protección de Datos aplicable en su uso del Software, incluyendo: (a) garantizar que cualquier Dato Personal introducido en el Software cuenta con una base jurídica para su tratamiento; (b) realizar todas las comunicaciones preceptivas a los interesados; y (c) no introducir Datos Prohibidos en el Software.

14H.2. Usted informará al Licenciante sin demora de cualquier modificación de la Legislación de Protección de Datos aplicable que pueda afectar al tratamiento de Datos Personales por parte del Licenciante en su nombre, y cooperará con el Licenciante para implantar los cambios necesarios.

14H.3. Usted será responsable de cualquier reclamación, sanción o multa impuesta por la AEPD u otra autoridad de control derivada de su incumplimiento de las obligaciones que le corresponden como responsable del tratamiento en virtud de la Legislación de Protección de Datos aplicable.

(i) Las disposiciones de cumplimiento del RGPD contenidas en la Sección 14 están diseñadas para satisfacer los requisitos del Reglamento (UE) 2016/679 y de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Para los clientes establecidos en el EEE, el ATD referenciado en la Sección 14C.1 deberá suscribirse antes de que se realice cualquier tratamiento de Datos Personales a través del Software. Solicite el ATD en https://validar.kabunik.com/dpa o por correo electrónico a legal@kabunik.com.

15. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS SOBRE LOS DATOS

15.1. El Licenciante y sus licenciantes conservan todos los derechos, títulos e intereses sobre el Software, la Documentación y todos los derechos de propiedad intelectual relacionados, incluyendo cualquier modificación o mejora. No se concede ningún derecho salvo el expresamente previsto en el presente CLUF.

15.2. Los Datos del Cliente siguen siendo de su propiedad. Usted concede al Licenciante un derecho no exclusivo, mundial, irrevocable y libre de regalías para: (a) utilizar los Datos del Cliente durante el Período de Utilización para la prestación del Software y el Soporte; (b) utilizar y divulgar los Datos del Cliente según lo permitido por el presente CLUF o con su consentimiento escrito; y (c) con carácter indefinido, crear y utilizar Datos Anonimizados con fines de mejora y desarrollo del producto.

15.3. Usted concede al Licenciante una licencia no exclusiva, mundial, perpetua, irrevocable, libre de regalías y sublicenciable para utilizar y explotar cualquier sugerencia, idea, solicitud de mejora u otro feedback que proporcione al Licenciante en relación con el Software. El feedback se proporciona voluntariamente y no constituye Información Confidencial suya.

15.4. Usted protegerá el Software frente a infracciones, apropiaciones indebidas, hurtos, usos incorrectos o accesos no autorizados, empleando al menos el mismo grado de diligencia que aplica a su propia información propietaria, y como mínimo una diligencia razonable.

16. VIGENCIA Y TERMINACIÓN

16.1. El presente CLUF entra en vigor en la Fecha de Inicio y continúa hasta la expiración o terminación de todos los Períodos de Utilización de todos los productos de Software.

16.2. Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado el presente CLUF (incluyendo todos los Pedidos) si la otra Parte: (a) no subsana un incumplimiento material (incluyendo el impago de tarifas) en un plazo de 30 días desde la notificación escrita; (b) cesa su actividad sin sucesor; (c) entra en liquidación, concurso de acreedores, o se nombra un administrador concursal sobre cualquiera de sus activos y dicho procedimiento no se resuelve en un plazo de 60 días; o (d) es designada por una autoridad gubernamental como entidad con la que la otra Parte tiene prohibido operar.

16.3. Tras la expiración o terminación: (a) todos los derechos concedidos a Usted cesan de inmediato; (b) Usted deberá dejar de utilizar el Software y eliminar todas las copias del mismo; y (c) el Licenciante gestionará los Datos del Cliente de conformidad con la Sección 14G. El Licenciante podrá conservar los Datos del Cliente en sistemas de copia de seguridad cifrados durante un período limitado no superior a 30 días, sujeto a las obligaciones de confidencialidad y protección de datos del presente CLUF.

16.4. No procederá el reembolso de ninguna tarifa por causa de terminación, salvo lo expresamente previsto en la Sección 10 (Garantía de Adopción) o en la Sección 17.2 (Remedio de Garantía).

16.5. Las Secciones 6, 12, 14, 15, 16.3, 17 (salvo el remedio de garantía), 18, 19, 20, 21 y 22 sobrevivirán a la expiración o terminación del CLUF.

17. GARANTÍA LIMITADA Y EXCLUSIONES

17.1. GARANTÍA LIMITADA. El Licenciante garantiza que el Software funcionará en conformidad sustancial con su Documentación aplicable durante un período de seis (6) meses desde la Fecha de Inicio («Período de Garantía»). El único recurso disponible ante un incumplimiento de esta garantía será, a elección del Licenciante: (i) la subsanación del defecto mediante una Versión Menor o una solución provisional; (ii) la sustitución del Software; o (iii) la terminación de la Licencia y el reembolso proporcional de las tarifas abonadas correspondientes al período comprendido entre la notificación del defecto y el fin del Período de Garantía. Esta garantía no es aplicable a defectos causados por: (a) el hardware; (b) un uso incorrecto o el incumplimiento de la Documentación; (c) modificaciones realizadas por Usted o por un tercero; o (d) actos u omisiones imputables a Usted.

17.2. INDEMNIDAD POR PROPIEDAD INTELECTUAL. Si su uso del Software de conformidad con el presente CLUF fuera objeto de una reclamación de infracción de derechos de propiedad intelectual de un tercero, el Licenciante podrá, a su elección: (i) obtener para Usted el derecho a continuar utilizando el Software; (ii) sustituir el componente infractor por una alternativa funcionalmente equivalente; o (iii) dar por terminada la Licencia y reembolsar las tarifas prepagadas correspondientes al Período de Utilización no transcurrido.

SALVO LA GARANTÍA LIMITADA PREVISTA EN LA SECCIÓN 17.1, EL SOFTWARE SE PROPORCIONA EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA («AS IS»). EL LICENCIANTE Y SUS PROVEEDORES NO OFRECEN NINGUNA OTRA GARANTÍA, EXPRESA, IMPLÍCITA, LEGAL O DE CUALQUIER OTRO TIPO, INCLUYENDO LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN FIN PARTICULAR, TÍTULO O NO INFRACCIÓN. EL LICENCIANTE NO GARANTIZA QUE EL SOFTWARE SEA ININTERRUMPIDO O LIBRE DE ERRORES, QUE CONSERVE LOS DATOS DEL CLIENTE SIN PÉRDIDAS, NI QUE SEA ADECUADO PARA SU USO PREVISTO. USTED ES RESPONSABLE DE VERIFICAR LA EXACTITUD DE TODOS LOS RESULTADOS. CUALQUIER GARANTÍA LEGALMENTE OBLIGATORIA SE LIMITARÁ AL PERÍODO MÍNIMO PERMITIDO POR LA LEY APLICABLE.

18. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

SALVO EN CASO DE RECLAMACIONES EXCLUIDAS, NINGUNA DE LAS PARTES (NI SUS PROVEEDORES) SERÁ RESPONSABLE POR PÉRDIDA DE BENEFICIOS, PÉRDIDA DE INGRESOS, PÉRDIDA DE DATOS, FALLOS DE MECANISMOS DE SEGURIDAD, INTERRUPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, PÉRDIDA DE FONDO DE COMERCIO, NI POR NINGÚN DAÑO INDIRECTO, ESPECIAL, INCIDENTAL, PUNITIVO O CONSECUENTE DE CUALQUIER TIPO, CON INDEPENDENCIA DE LA CAUSA DE ACCIÓN, YA SEA CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL, POR NEGLIGENCIA, RESPONSABILIDAD OBJETIVA O CUALQUIER OTRA, INCLUSO SI LA OTRA PARTE HA SIDO INFORMADA DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.

LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DE CADA PARTE DERIVADA DEL PRESENTE CLUF O RELACIONADA CON EL MISMO NO SUPERARÁ LOS IMPORTES ABONADOS O ADEUDADOS POR USTED AL LICENCIANTE DURANTE LOS 12 MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL EVENTO GENERADOR DE RESPONSABILIDAD.

«Reclamaciones Excluidas» significa: (a) el incumplimiento por su parte de la Sección 6 (Restricciones) o de la Sección 14H (Obligaciones en materia de Datos del Cliente); (b) el incumplimiento por cualquiera de las Partes de la Sección 19 (Confidencialidad), salvo en relación con los Datos del Cliente; (c) los importes adeudados a terceros en virtud de las obligaciones de indemnización de cualquiera de las Partes; (d) la responsabilidad del Licenciante por brechas de Datos Personales en la medida exigida por la Legislación de Protección de Datos aplicable y la LOPDGDD; y (e) cualquier responsabilidad que no pueda excluirse o limitarse conforme a la ley aplicable, incluyendo la responsabilidad por muerte o lesiones personales causadas por negligencia o dolo, o cualquier responsabilidad derivada de la normativa española de protección de consumidores de carácter imperativo.

18.4. Las anteriores limitaciones son aplicables con independencia de la forma de la acción y seguirán siendo válidas aunque cualquier remedio limitado no alcance su finalidad esencial.

19. CONFIDENCIALIDAD

19.1. Cada Parte empleará una diligencia razonable para proteger la Información Confidencial de la otra frente a su divulgación a terceros, utilizando al menos el mismo grado de cuidado que aplica a su propia información confidencial (y como mínimo una diligencia razonable), y únicamente utilizará la Información Confidencial para cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos en virtud del presente CLUF.

19.2. Una Parte podrá divulgar Información Confidencial a sus empleados, agentes, Afiliadas, contratistas y otros representantes que tengan una necesidad legítima de conocerla, siempre que estén sujetos a obligaciones de confidencialidad al menos tan protectoras como las del presente CLUF.

19.3. Las obligaciones de confidencialidad no se aplican a la información que: (a) sea o se convierta en de dominio público sin que medie culpa de la Parte receptora; (b) la Parte receptora conociera legítimamente con anterioridad a su recepción; (c) la Parte receptora reciba legítimamente de un tercero sin obligación de confidencialidad; o (d) la Parte receptora haya desarrollado de forma independiente sin utilizar la Información Confidencial de la Parte divulgadora.

19.4. Cualquiera de las Partes podrá divulgar Información Confidencial si así lo exige la ley, una resolución judicial o una autoridad reguladora competente (incluida la AEPD), siempre que: (i) divulgue únicamente el mínimo imprescindible; (ii) notifique a la otra Parte con antelación en la medida en que lo permita la ley; y (iii) coopere para obtener un tratamiento confidencial.

19.5. El uso o la divulgación no autorizados de Información Confidencial pueden causar daños irreparables para los que los remedios económicos podrían resultar insuficientes. Cada Parte podrá solicitar medidas cautelares u otros remedios de equidad ante el incumplimiento o la amenaza de incumplimiento de la presente Sección 19.

20. FUERZA MAYOR

20.1. Ninguna de las Partes será responsable por el retraso o el incumplimiento de sus obligaciones (excepto las obligaciones de pago) debido a eventos fuera de su control razonable, incluyendo huelgas, guerra, terrorismo, catástrofes naturales, pandemias, fallos en las redes de telecomunicaciones u órdenes gubernamentales («Evento de Fuerza Mayor»). La Parte afectada notificará a la otra sin demora e indicará la duración estimada.

20.2. Si un Evento de Fuerza Mayor se prolonga durante más de tres (3) meses, cualquiera de las Partes podrá dar por terminado el presente CLUF mediante notificación escrita con efecto inmediato. Las tarifas prepagadas correspondientes al período no transcurrido se reembolsarán de forma proporcional.

21. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente CLUF se rige por el Derecho español. La siguiente tabla especifica el marco jurídico aplicable según la localización del Cliente:

Localización Ley aplicable Jurisdicción exclusiva
Estados miembros de la UE / EEE Derecho español y, en lo que resulte imperativo, normativa local de la UE en materia de consumidores y protección de datos Juzgados de lo Mercantil de Barcelona (o tribunales del domicilio del Cliente si así lo exige la ley local imperativa)
Reino Unido Derecho español (relaciones contractuales) / Derecho inglés (donde sea aplicable la ley imperativa del Reino Unido) Juzgados de lo Mercantil de Barcelona
EE. UU. / Canadá Derecho español Juzgados de lo Mercantil de Barcelona (o según se acuerde en el Pedido aplicable)
Otros países Derecho español Juzgados de lo Mercantil de Barcelona

21.2. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Ninguna reclamación podrá interponerse por ninguna de las Partes transcurridos más de dos (2) años desde que se origine la causa de acción, salvo las acciones por impago, que podrán ejercitarse en el plazo de dos (2) años desde la fecha de vencimiento.

21.3. Las Partes acuerdan intentar una negociación de buena fe antes de iniciar procedimientos formales. Si la negociación fracasa en un plazo de 30 días desde la notificación escrita, los litigios se resolverán ante los tribunales indicados en la Sección 21.1. Para los consumidores de la UE, serán de aplicación, además del presente CLUF, las disposiciones imperativas de protección de consumidores del país de residencia del consumidor.

22. ADQUISICIÓN A TRAVÉS DE DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS Y REVENDEDORES

22.1. El presente CLUF regula su uso del Software con independencia de si lo ha adquirido directamente al Licenciante o a través de un Distribuidor Autorizado. Los Distribuidores Autorizados no están facultados para modificar el presente CLUF ni para efectuar declaraciones o compromisos en nombre del Licenciante.

22.2. Si ha adquirido el Software a través de un Distribuidor Autorizado: (a) los detalles del pedido serán los que consten en la confirmación de derechos del Licenciante; (b) el Distribuidor Autorizado es responsable de la exactitud de la información del pedido comunicada al Licenciante; (c) el pago se realiza al Distribuidor Autorizado; y (d) si el Distribuidor Autorizado no abona al Licenciante las cantidades correspondientes, el Licenciante se reserva el derecho a dar por terminado el Período de Utilización aplicable.

22.3. Cualquier reembolso al que Usted tenga derecho deberá reclamarse a través del Distribuidor Autorizado. El Licenciante reembolsará al Distribuidor Autorizado, quien será el único responsable de trasladarle dicho reembolso.

23. CONTROL DE EXPORTACIONES, SANCIONES Y ANTICORRUPCIÓN

23.1. El Software puede estar sujeto a restricciones de control de exportaciones en virtud de la legislación de la Unión Europea y de España, y de otras jurisdicciones aplicables. Usted cumplirá toda la normativa de control de exportaciones y sanciones aplicable y no exportará, reexportará ni transferirá el Software a ningún país embargado, a ninguna parte restringida ni para ningún uso final prohibido.

23.2. Usted declara y garantiza que no figura en ninguna lista de partes prohibidas o restringidas de la UE o del Gobierno español, y que no está ubicado en (ni es nacional de) un país sometido a embargo de la UE.

23.3. Cada Parte y cualquier tercero que actúe en su nombre cumplirán toda la normativa anticorrupción y antisoborno aplicable, incluyendo la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el marco anticorrupción de la UE y la UK Bribery Act 2010 cuando resulte aplicable.

24. MODIFICACIONES DEL CLUF

24.1. El Licenciante se reserva el derecho de modificar el presente CLUF. Salvo que la ley lo exija, las modificaciones entrarán en vigor al inicio de la siguiente renovación del Período de Utilización. Si el Licenciante requiere una fecha de entrada en vigor anterior y Usted se opone por escrito en un plazo de 30 días desde la notificación, el Licenciante podrá permitir que la modificación entre en vigor en la siguiente renovación; si el Licenciante no accede a ello, el único recurso disponible para Usted será dar por terminado el presente CLUF con el reembolso proporcional de las tarifas prepagadas correspondientes al período no transcurrido.

24.2. Para modificaciones sustanciales (distintas de las exigidas por la ley aplicable, incluyendo la Legislación de Protección de Datos), el Licenciante le notificará con al menos dos (2) meses de antelación a la fecha de entrada en vigor propuesta. Si no está de acuerdo, podrá dar por terminado el presente CLUF mediante notificación escrita antes de dicha fecha, con el reembolso proporcional de las tarifas prepagadas correspondientes al período no transcurrido.

24.3. El uso continuado del Software tras la entrada en vigor de cualquier modificación constituirá la aceptación del CLUF modificado.

25. DISPOSICIONES GENERALES

25.1. Cesión. El Licenciante podrá ceder el presente CLUF previa notificación a Usted. Usted no podrá ceder ni transferir el presente CLUF sin el consentimiento previo y por escrito del Licenciante. Cualquier cesión no autorizada será nula.

25.2. Acuerdo Íntegro. El presente CLUF (incluyendo todos los Pedidos, Términos Complementarios y el ATD en los casos en que resulte aplicable) constituye el acuerdo íntegro entre las Partes sobre su objeto y sustituye a todos los acuerdos anteriores. Cualquier cláusula que figure en un pedido de compra u otro formulario del Cliente queda expresamente rechazada.

25.3. Divisibilidad. Si un tribunal competente o la AEPD declara inválida o inaplicable cualquier disposición del presente CLUF, esta se modificará en la medida mínima necesaria para ser válida y aplicable, y el resto de disposiciones permanecerán en plena vigencia.

25.4. Renuncia. Ninguna renuncia a cualquier disposición tendrá efecto salvo que conste por escrito. Ninguna renuncia supone una renuncia continuada.

25.5. Notificaciones. Las notificaciones deberán constar por escrito y entregarse en mano, mediante mensajero de reconocido prestigio o por correo electrónico (con confirmación de recepción) en la dirección indicada en el Pedido. La dirección de notificaciones legales del Licenciante es: KABUNIK, S.L., Calle Cuenca, núm. 13, 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), España. Correo electrónico: legal@kabunik.com.

25.6. Contratistas Independientes. Las Partes son contratistas independientes y no actúan como agentes, socios ni como una empresa conjunta.

25.7. Ausencia de Terceros Beneficiarios. Salvo lo previsto en la cláusula II.10 del Anexo II respecto de Apple Inc., el presente CLUF es en beneficio exclusivo de las Partes y de sus sucesores permitidos. Ninguna otra persona tiene derechos en virtud del mismo.

25.8. Publicidad. Ninguna de las Partes podrá anunciar públicamente el presente CLUF sin el consentimiento previo y por escrito de la otra. El Licenciante podrá incluirle en sus listas de clientes y materiales de marketing, pero cesará en ello a petición escrita suya.

25.10. Anexos. Los Anexos I, II y III forman parte integrante del presente CLUF. En caso de contradicción entre el cuerpo del CLUF y un Anexo, prevalecerá el Anexo exclusivamente respecto de las materias que regula.

25.9. Idioma. El idioma oficial del presente CLUF es el español. La versión en lengua inglesa se facilita a título informativo. En caso de conflicto entre versiones lingüísticas, prevalecerá la versión en español.


ANEXO I — CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL SOFTWARE VALIDAR

Este Anexo forma parte integrante del CLUF y recoge las condiciones propias del funcionamiento de ValidAR. En caso de contradicción con el cuerpo del CLUF, prevalecerá este Anexo exclusivamente respecto de las materias que regula.

I.1 Naturaleza y límites de la validación asistida

Esta cláusula es esencial. Usted declara comprenderla y aceptarla expresamente.

I.1.1. ValidAR es una herramienta de asistencia visual al control de calidad. Compara la realidad captada por el Dispositivo con el modelo digital que Usted aporta y presenta indicaciones orientativas de coincidencia o discrepancia.

I.1.2. El Software no sustituye la inspección profesional, el criterio técnico de su personal cualificado, ni ninguna inspección, ensayo, certificación o verificación exigidos por la normativa aplicable, por el proyecto o por su cliente final. Los reportes generados por el Software tienen valor de registro interno de apoyo y no constituyen certificados de conformidad estructural ni acreditan el cumplimiento de norma técnica alguna.

I.1.3. La decisión sobre la conformidad, la aceptación, el retrabajo o el rechazo de cualquier elemento fabricado corresponde en exclusiva a Usted y a su personal cualificado.

I.1.4. Usted reconoce las siguientes limitaciones conocidas, que le han sido comunicadas y se detallan en la Documentación:

(a) el Software compara la realidad contra el modelo aportado: un elemento presente en la realidad pero ausente del modelo no es detectado como discrepancia;

(b) la precisión del resultado depende de la calidad, la actualización y la completitud del modelo que Usted aporta, así como de la correcta configuración del proceso de exportación;

(c) las condiciones físicas del entorno —iluminación, accesibilidad, reflectancia de las superficies, tamaño y complejidad del conjunto, estabilidad del posicionamiento inicial— influyen de forma determinante en el resultado;

(d) los umbrales de tolerancia son parametrizables y su idoneidad para un proceso concreto debe ser validada por Usted;

(e) determinados elementos pueden quedar excluidos del ámbito de validación por configuración (por ejemplo, tornillería y soldaduras).

I.1.5. En consecuencia, y sin perjuicio de la Sección 18 del CLUF, el Licenciante no responde de las decisiones de fabricación, aceptación o rechazo adoptadas por Usted, ni de los defectos no detectados por el Software.

I.2 Perfiles de uso, asientos y activación de dispositivos

I.2.1. Además de las modalidades de la Sección 5, la Licencia se dimensiona por Asientos y por Dispositivos Activos, según se especifique en el Pedido:

«Asiento» Cada licencia nominal de uso asignada a un Usuario Autorizado identificado, según el perfil contratado.
«Dispositivo Activo» Cada Dispositivo en el que el Software se encuentra efectivamente desplegado y operativo durante el período de facturación correspondiente.
Perfil «CoInspector» Orientado a calidad e inspección. Habilita la validación mediante realidad aumentada y requiere un Dispositivo Activo conforme a las especificaciones de la Documentación.
Perfil «CoWorker» Orientado a producción. Habilita la consulta e interpretación visual del modelo, sin funciones de validación por realidad aumentada.

I.2.2. Los Asientos son nominales: no pueden compartirse ni ser utilizados simultáneamente por varias personas. Usted podrá reasignar un Asiento a otro Usuario Autorizado cuando se produzca un cambio organizativo, a través del panel de administración.

I.2.3. La habilitación de las funciones de realidad aumentada requiere la activación del Dispositivo: el Software genera un identificador técnico que el Licenciante registra y tramita para la emisión de la licencia técnica correspondiente. Hasta que dicha activación se complete, el Usuario Autorizado podrá acceder al resto de funcionalidades conforme a su perfil.

I.2.4. Usted reconoce que determinadas operaciones sobre el Dispositivo —en particular el restablecimiento de fábrica o la sustitución del equipo— pueden alterar dicho identificador y requerir una nueva activación, sujeta a los plazos de tramitación aplicables.

I.2.5. La sustitución de un Dispositivo Activo por otro no incrementa el número de dispositivos contratados. El uso simultáneo de un número superior al contratado constituye incumplimiento de la Sección 6 y faculta al Licenciante para regularizar la facturación o suspender el acceso conforme a la Sección 13.

I.3 Componente de terceros: SDK VisionLib

I.3.1. El Software incorpora de forma embebida e indisociable el kit de desarrollo de seguimiento de objetos VisionLib, cuya titularidad exclusiva corresponde a Visometry GmbH (el «SDK Integrado»). Usted reconoce dicha titularidad y que no adquiere ningún derecho sobre el SDK Integrado más allá de su uso como componente indisociable del Software.

I.3.2. Se aplican específicamente al SDK Integrado, y subsistirán a la terminación del CLUF:

(a) la prohibición de realizar ingeniería inversa, decompilar o desensamblar (Sección 6.(d));

(b) la prohibición de extraer, separar o redistribuir el SDK Integrado con independencia del Software, o utilizarlo fuera de él;

(c) la prohibición de utilizarlo con fines militares, de doble uso o para cualquier finalidad restringida por la normativa europea o alemana de control de exportaciones, ni en territorios o a favor de personas o entidades sujetas a sanciones internacionales, en los términos de la Sección 23.

I.3.3. El uso de las funciones de realidad aumentada está limitado a los Dispositivos Activos contratados y activados conforme a la cláusula I.2.

I.4 Telemetría y datos de diagnóstico

I.4.1. El Software registra información técnica de funcionamiento —identificadores de sesión y de Dispositivo, versión de la aplicación, métricas de rendimiento y de seguimiento, eventos de uso y errores— con la finalidad de diagnosticar incidencias, garantizar la seguridad y estabilidad del servicio y mejorar el producto.

I.4.2. Dicha información puede incluir datos técnicos relativos al posicionamiento del Dispositivo durante las sesiones de validación. El Licenciante la tratará como Información Confidencial suya y no la utilizará para finalidades ajenas a las descritas ni la cederá a terceros, salvo obligación legal.

I.4.3. El Licenciante podrá utilizar Datos Anonimizados conforme a la Sección 14G.2.

I.4.4. El administrador designado por Usted podrá activar o desactivar la recogida de telemetría de diagnóstico desde el panel de administración. No es desactivable la transmisión mínima imprescindible para el cumplimiento de la licencia y la activación a que se refiere la Sección 12.3. La desactivación puede limitar la capacidad de diagnóstico del Licenciante en la atención de incidencias.

I.4.5. Los registros de diagnóstico se conservan por un plazo máximo de noventa (90) días, salvo que resulte necesaria su conservación para la investigación de una incidencia concreta.


ANEXO II — CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA DISTRIBUCIÓN A TRAVÉS DE APPLE APP STORE

Cuando la aplicación móvil se obtenga a través de Apple App Store, se aplicarán además las siguientes condiciones, exigidas por Apple Inc. TestFlight se utiliza exclusivamente como canal de pruebas y no constituye distribución comercial.

II.1. Partes. El presente CLUF se celebra exclusivamente entre Usted y el Licenciante, no con Apple Inc. El Licenciante, y no Apple, es responsable en exclusiva de la aplicación y de su contenido.

II.2. Alcance de la licencia. La licencia de uso de la aplicación es intransferible y se limita a su utilización en dispositivos de marca Apple que Usted posea o controle, conforme a las Normas de Uso del App Store de Apple.

II.3. Mantenimiento y soporte. El Licenciante es el único responsable de los servicios de mantenimiento y soporte de la aplicación. Apple no tiene obligación alguna de prestar servicios de mantenimiento o soporte.

II.4. Garantía. En caso de incumplimiento de una garantía aplicable, Usted podrá notificarlo a Apple, que reembolsará, en su caso, el precio de compra de la aplicación. Con el máximo alcance permitido por la ley, Apple no tendrá ninguna otra obligación de garantía, correspondiendo al Licenciante cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de garantías.

II.5. Reclamaciones sobre el producto. El Licenciante, y no Apple, es responsable de atender las reclamaciones suyas o de terceros relativas a la aplicación, incluidas las de responsabilidad por producto, las de falta de conformidad con requisitos legales o reglamentarios y las derivadas de la normativa de protección al consumidor o de privacidad.

II.6. Derechos de propiedad intelectual. En caso de reclamación de un tercero por infracción de derechos de propiedad intelectual causada por la aplicación, el Licenciante, y no Apple, será responsable de su investigación, defensa, transacción y resolución.

II.7. Cumplimiento legal. Usted declara que no se encuentra en un país sujeto a embargo del Gobierno de los EE. UU. o designado como país que apoya el terrorismo, y que no figura en ninguna lista de partes prohibidas o restringidas.

II.8. Datos de contacto. KABUNIK, S.L. — oficinas comerciales: Av. Diagonal 601, Planta 8, 08028 Barcelona (España) — soporte@kabunik.com

II.9. Condiciones de terceros. Usted se obliga a cumplir las condiciones de los acuerdos con terceros que resulten aplicables al uso de la aplicación.

II.10. Terceros beneficiarios. No obstante lo dispuesto en la Sección 25.7, Usted reconoce y acepta que Apple y sus filiales son terceros beneficiarios del presente CLUF y que, una vez aceptado por Usted, Apple tendrá derecho —y se entenderá que lo ha aceptado— a exigir el cumplimiento del presente CLUF frente a Usted en calidad de tercero beneficiario.


ANEXO III — SUBENCARGADOS DEL TRATAMIENTO

Relación vigente a la fecha del presente CLUF, a los efectos de la Sección 14D.

Subencargado Servicio prestado Ubicación del tratamiento
Google Ireland Limited / Google LLC (Google Cloud Platform y Firebase) Alojamiento, base de datos, almacenamiento de archivos, autenticación y analítica de servicio Unión Europea y Estados Unidos, con las salvaguardas del Capítulo V del RGPD
Ingaria Gestión y control de licencias y asientos de usuario Unión Europea
Visometry GmbH Emisión y validación de las licencias técnicas de seguimiento por Dispositivo Alemania
Apple Inc. Distribución de la aplicación móvil Estados Unidos / Unión Europea

El Licenciante mantiene esta relación actualizada y notificará cualquier incorporación o sustitución conforme a la Sección 14D.2.


KABUNIK, S.L. — NIF B88736350 — Versión 2026, en vigor desde el 1 de julio de 2026. Histórico de versiones disponible en https://validar.kabunik.com/cluf